Inscripción
en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente
Con
el objetivo de determinar la lista final de ceses colectivos irregulares
durante los años noventa, se instaló la Comisión Multisectorial creada por la
Ley N.° 31218, cuya secretaría técnica recae sobre el MINJUSDH, la cual será
encargada de liderar el proceso de revisión de los casos de ex trabajadores
afectados por dichos ceses.
¿Qué condiciones debo cumplir para solicitar la revisión de mi caso?
Se
encuentran habilitados a solicitar la revisión de sus casos:
- Quienes se acogieron al procedimiento de
revisión establecido por la Ley N.° 30484 y no fueron incluidos en la relación
final.
- Quienes
padezcan alguna enfermedad profesional, hayan sufrido prisión (salvo
excepciones), residido en el extranjero o zonas inhóspitas del país, y que
por ello no pudieron presentar oportunamente su expediente.
- Quienes
no se hubiesen acogido a los efectos de las leyes N.° 27452 y N.° 27586,
encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del
Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las
entidades del sector público y gobierno locales, modificadas por la Ley
N.° 28299, ampliada por la Ley N.° 29059 y la Ley N.° 30484.
¿Qué información debo incluir en mi solicitud?
La solicitud debe ser presentada de manera legible, sin borrones ni enmendaduras, y debe contener lo siguiente: nombres y apellidos, número de documento de identidad, fecha de nacimiento, sexo, edad, dirección para efectos de notificaciones y resultados, correo electrónico, número telefónico, nombre de la entidad en la cual cesó irregularmente, fecha de ingreso y cese de dicha entidad, supuesto que lo habilita a presentar la solicitud, fundamentos y medio probatorios que amparan su inclusión y lo acrediten, y su firma y huella.
Para el sencillo llenado de estos datos, puede hacer uso del siguiente formulario.
¿Necesito la asesoría de un abogado?
No es necesaria la asesoría o firma de un abogado.
¿Dónde puede presentar la solicitud?
Las
solicitudes se presentan, de manera presencial o virtual, ante el Ministerio de
Justicia y de Derechos Humanos, en su calidad de Secretaría de la Comisión
Multisectorial. De residir en provincia, se podrá presentar la solicitud, de
manera presencial o virtual en las Direcciones y Gerencias Regionales de
Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.
¿Cuál es el plazo de funcionamiento de la Comisión?
La
Comisión tiene un plazo de 180 días hábiles a partir de su instalación (23 de
noviembre de 2021) para revisar los casos de ceses colectivos. Las personas
interesadas deberán presentar sus solicitudes de revisión hasta 45 días hábiles
antes del vencimiento del mandato de la Comisión.
¿Puedo apelar la decisión que tome la comisión?
Sí.
De considerarlo, puede presentar su recurso de apelación, de manera presencial
o virtual, en la sede del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, así
como en las Direcciones y Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del
Empleo de los Gobiernos Regionales. El plazo para presentar dicho recurso es de
15 días hábiles desde el día siguiente a la notificación del documento apelado.
FUENTE: https://www.gob.pe/institucion/minjus/campa%C3%B1as/6625-ceses-colectivos-irregulares-en-los-anos-90
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